miércoles, 20 de febrero de 2013

Seguro Institucional: Nuevas dudas

¿Otras aseguradoras? ¿De donde salen?




He venido comentando a ustedes del Seguro de Vida Institucional.
Todos los jubilados (no asi los pensionados) deberán revisar que en su talón de pago de pensión aparezcan los descuentos correctos, ya sea de préstamos personales, préstamos hipotecarios, seguro de vida Institucional o Seguro de vida Individual.

Como ya expliqué antes, para que el Seguro de Vida Institucional esté vigente deberá aparecer en el Talón de Pago el concepto 74 o 100 para el caso de METLIFE, o el 174, para la Aseguradora GNP (Grupo Nacional Provincial).

Si no aparece alguno de estos codigos de retención, significa que ninguna de éstas se hará cargo de pagar el Seguro a los deudos. No hay manera de comprobarles que tienen algún compromiso con nosotros o con nuestros deudos.

Es importante señalar que en algunos casos ha estado apareciendo un código diferente. Me refiero concrétamente al caso de la compañera Gloria, de quién omitiré mas datos, y que haciéndo caso a mis recomendaciones acudió a el Área de Pensiones y preguntó que aseguradora tenía su seguro. Ante la pregunta, le informaron que estaba en GNP.
No dejó ahi el asunto. Acudió a la Aseguradora, donde le informaron que no había registro de ella en su sistema.
De nuevo a revisar. Encontramos que aparece un código 455, y un descuento parecido al que pagamos en las otras aseguradoras, y que está definido por el Contrato como equivalente al 0.7% del concepto 01 de nuestra pensión. Eso es muy irregular.
De nuevo al Área de Pensiones. Nadie (y significa EXACTAMENTE NADIE) supo explicar que significado tiene el mencionado concepto 455, incluso la Jefa del departamento, ni el Subdirectos de Prestaciones.

Hasta el momento NADIE HA PODIDO DEFINIR QUE SIGNIFICA ESTE CONCEPTO.

No es raro que de vez en cuando se presenten algunas omisiones, errores de tecleo, etc., pero en este caso va de por medio la seguridad de los deudos de un Jubilado, en caso de que fallezca, además de que se puede suponer muchas cosas, pues el descuento no está justificado legalmente, o al menos no se le ha comunicado al Jubilado ese cambio de Aseguradora.

Según la Jefa del Departamento de Pensiones, el código corresponde a la Aseguradora AXA, pero aún deberá comprobarlo, para lo cual pidió copias del Talón de Pago (¡como si no tuvieran la información a la mano en su sistema!)

Sin embargo, nuevamente se ha hecho la consulta, esta vez a Seguros AXA, donde TAMPOCO EXISTE REGISTRO DE LA JUBILADA. Esta última información está aún pendiente de confirmar, pero en primera instancia, es lo que señalaron en dicha Aseguradora.

Hasta donde he sido informado, no ha habido LICITACIONES que otorguen la administración y la responsabilidad de esos seguros a empresas diferentes a GNP y METLIFE. Ésto no significa que no haya sucedido legalmente, pero al menos éste Sindicato Nacional no ha sido notificado.

Tendremos que investigar, con el propósito de averifuar, todo lo que tenga que ver con éste caso: ¿Cuando fué contratada? ¿Que jubilados quedaron "amparados" por esa empresa? y muchas otras preguntas muy importantes.

Ojalá lleguemos pronto al conocimiento real de lo que significa ese código 455, o cualquier otro que aparezca, por muy raro que se vea, y especialmente por ello.

Seguiré informando.

Profr. Daniel Ángel Martínez castro.
Secretario de Conflictos y Promociones Económicas
Comité Ejecutivo Sección Morelos

martes, 12 de febrero de 2013

Descuentos Injustificados: Robos disimulados?

El que pega primero pega dos veces...




En últimas fechas, y según testimonios, casi hace cuatro meses, el ISSSTE ha venido aplicando descuentos a los pagos que hace a los Jubilados y Pensionados, sean o no miembros de nuestro Sindicato Nacional.
La razón, según el Jefe del Departamento que aplica éstos descuentos, es que hay una depuración de la cartera vencida del Instituto, y que se han detectado cientos de cuentas de Préstamos Personales que no han sido cubiertas en tiempo y forma, y que por ello se actúa para recuperar esos adeudos...

Ésto es muy cierto. Muchos compañeros jubilados o activos obtienen Préstamos a Corto Plazo que, por errores en el sistema de cobranza del ISSSTE, no han sido cobrados oportunamente, o de plano nunca se hicieron las retenciones correspondientes.



Ante estos hechos, algunos compañeros han recurrido a la ventanilla del propio departamento para hacer los pagos, de acuerdo a la cláusula que aparece en el documento de otorgamiento del Préstamo, conocido comúnmente como HOJA AMARILLA. En esa cláusula, se especifica que "si por alguna razón no se me hiciere la retención debida como abono de este préstamo me comprometo a hacerlo notar inmediatamente a la oficina pagadora para que lo efectúe y enteraré en la caja del ISSSTE el abono omitido de conformidad con lo estipulado en el reglamento de prestaciones económicas y en este título mercantil".

Sin embargo, muchos otros no han sido tan razonables. Al no recibir en su cheque las deducciones que le corresponden se hacen los disimulados, pensando que nunca los van a descubrir. En estos casos, solo van a empeorar su situación, pues los intereses que causa el Préstamo está contratado "SOBRE SALDOS INSOLUTOS", es decir, que se van creando según el dinero que se adeude en cada corte, que bien puede ser mensual o quincenal. Por ello es que al no pagar, los intereses van creciendo cada vez más. 



Ahora bién: Si hemos sido omisos ante nuestras obligaciones, es justo que se nos cobre lo que corresponde en justicia acorde a nuestro compromiso. No hay justificación ante ésto.

Pero lo malo es que en el caso de las personas que cumplieron adecuadamente, primero les hacen los descuentos y después -ante la reclamación y correspondiente comprobación- se regulariza la situación crediticia del "deudor".

Pero todo tiene su manera de hacerse. Para poder comprobar que se hizo el pago correcto, deberás entregar TODOS LOS TALONES DE PAGO correspondientes a la vigencia del préstamo, SIN EXCEPCION, o no procederá el citado proceso de corrección.

Esto es, sin duda, algo que todos deberíamos hacer: conservar nuestros talones de pago, especialmente si estamos pagando un préstamo.

Lo peor viene del hecho de que aún comprobando que se hizo el pago, el procedimiento de recuperación de el dinero que te han cobrado exige, TAMBIEN QUE ESTÉN TODOS LOS COMPROBANTES DE PAGO. Es decir, si te falta un solo comprobante, NO SE TE HARÁ EL REINTEGRO DE LOS RECURSOS QUE SE TE HAN RETENIDO INJUSTAMENTE, COMO YA QUEDO DEMOSTRADO.



Aquí viene la reflexión: el ISSSTE está procediendo ILEGALMENTE, pues de acuerdo a nuestra legislación manifestada en la Constitución no puede ninguna autoridad ajusticiar a alguien sin haber comprobado su delito. En este caso en especial, el Instituto realiza los COBROS INDEBIDOS sin haber comprobado ni investigado TOTALMENTE si existe o no el citado adeudo, ni haber llamado al interesado para hacerle notar su adeudo.

Ante esto solo queda pensar que se está realizando UN FRAUDE Y UN ROBO DESCARADO, pués es de pensarse que después de 15 años, dificilmente tendremos reunidos TODOS LOS COMPROBANTES, debido a muchas circunstancias que van desde la indiferencia, la ignorancia, problemas personales o de salud, robo o extravío de documentos, etc.

Sin embargo, el mismo ISSSTE ha reconocido que se han hecho descuentos injustificados. Lo que no ha hecho, en la mayoría de los casos, es devolver el dinero que retuvo, pués exige algo que solo el mismo Instituto tiene, es decir, las CONSTANCIAS DE DEDUCCIONES que se aplicaron en los periodos de los cuales no tenemos comprobantes, y que al ser anteriores a 10 años, pasan a formar parte del ARCHIVO MUERTO, y en muchos casos es destruído, por lo que no habrá manera de comprobar ni el pago ni la falta de éste.



Si usted está en este caso, el primer caso es obtener el ESTADO DE CUENTA ACTUALIZADO, donde deberá aparecer los periodos que SUPUESTAMENTE  se adeudan.
Si acaso aparecen esos periodos, deberás aportar los comprobantes respectivos a estos periodos.
Si no los tienes, deberás acudir al Departamento de Pensiones a solicitar la CONSTANCIA DE DEDUCCIONES que corresponden a los periodos faltantes.

Pero si esa oficina no puede darte la constancia correspondiente, y ante el cobro injustificado de adéudos, no queda mas que la demanda judicial correspondiente.

Queda a tu elección si realizas o no ésta acción, pero si todos los que han sido defraudados por este medio lo hacen, se podrá obligar al ISSSTE a corregir su proceder, que es a todas vistas ILEGAL.

Debo hacer notar que nuestro Sindicato Nacional siempre ha sido de corte INSTITUCIONAL, RESPETUOSO Y CONCILIADOR, pero ante todo, nuestro origen es y será siempre la defensa del derecho legítimo de nuestros agremiados.

Seguiremos informando.

Daniel Ángel Martínez Castro
Secretario de Conflictos y Promociones Económicas
Comite Ejecutivo Sección Morelos.